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¿Hasta qué punto son responsables los fabricantes de EPI por sus productos defectuosos?

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Responsabilidad del fabricante de EPI por equipos de protección individual defectuosos

Dado que China, el punto de origen de la pandemia del coronavirus, fabrica el 50 % de las mascarillas y los respiradores que se producen en todo el mundo, EE. UU. se enfrentó en marzo a una repentina escasez de equipos de protección individual. Para hacer frente a estos retos, muchos fabricantes nacionales han decidido echar una mano al sistema sanitario proporcionando a los hospitales el EPI necesario; sin embargo, puede que algunos fabricantes estén eludiendo la ley al fabricar equipos defectuosos o hacer promesas falsas que podrían dar lugar a problemas de responsabilidad por productos defectuosos. Antes de ponerte en contacto con un abogado especializado en lesiones personales para presentar una demanda, es importante que entiendas la exención de responsabilidad concedida a los fabricantes de EPI en estos momentos tan extremos.

Exención de responsabilidad para los fabricantes de EPI

El 10 de marzo de 2020, el ministro de Sanidad y Servicios Sociales emitió una declaración que ofrecía a los fabricantes y proveedores de medicamentos una protección frente a las demandas por responsabilidad civil.

Esta medida de protección se estableció mediante la Ley de Preparación Pública y Preparación para Emergencias, también conocida como Ley PREP, que firmó el presidente George W. Bush en diciembre de 2005. La Ley PREP otorgaba a los fabricantes de vacunas inmunidad frente a demandas por responsabilidad civil en situaciones de emergencia, ya que las vacunas se consideraban «contramedidas» vitales.

Cómo afectará la COVID-19 a la responsabilidad civil de tu fabricante de EPI

La declaración emitida a principios de marzo de 2020 clasificó los medicamentos, los dispositivos médicos y los equipos de protección individual (EPI) como «medidas de lucha» necesarias para combatir el coronavirus. Esto proporcionó a sus fabricantes y proveedores una protección frente a las demandas por responsabilidad civil, la misma protección que se concedió a los fabricantes de vacunas.

Para entender mejor la Declaración, echemos un vistazo a las empresas a las que se aplica, los productos que incluye y las actividades que protege.

Empresas afectadas: Cualquier entidad que fabrique, pruebe, desarrolle o esté relacionada de alguna manera con las «medidas de protección contempladas» goza de inmunidad y no puede ser demandada en virtud de la legislación federal o estatal. Esto significa que el término «personas afectadas» puede aplicarse a los fabricantes y distribuidores de EPI, siempre y cuando dichos EPI sean «productos contemplados».

Productos incluidos: Cualquier «producto incluido» debe clasificarse como una «medida de respuesta incluida», lo que puede abarcar medicamentos y dispositivos que se utilicen para combatir la COVID-19, así como cualquier medicamento o dispositivo necesario para administrarlos o complementarlos. Esto protege de forma efectiva a una gran parte de la cadena de suministro de los fabricantes, como los proveedores de materiales para los fabricantes de EPI.

Actividades contempladas: La fabricación, las pruebas, el desarrollo, la distribución y la administración de «contramedidas contempladas» se consideran «actividades contempladas». Sin embargo, hay algunas limitaciones.

Limitaciones de la inmunidad

La inmunidad solo se aplica a las actividades relacionadas con contratos federales, tanto actuales como futuros, así como a cualquier otra transacción federal. La inmunidad también se aplica si la actividad en cuestión fue autorizada por una autoridad sanitaria designada que tuviera derecho a hacerlo una vez declarada la emergencia.

Para que un producto se considere una «medida de respuesta cubierta», tiene que estar aprobado o autorizado según la Ley de Alimentos, Medicamentos y Cosméticos. Como alternativa, el producto puede contar con una licencia en virtud de la Ley del Servicio de Salud Pública. El producto también puede recibir autorización para «uso de emergencia», lo cual también entra dentro de las disposiciones de la Ley de Alimentos, Medicamentos y Cosméticos.

La inmunidad frente a responsabilidades civiles no se aplica en los casos en los que el fabricante haya actuado de forma deliberadamente maliciosa, provocando lesiones graves o incluso la muerte. Sin embargo, en estos casos, el demandante tiene que demostrar que la conducta indebida fue intencionada. Además, la inmunidad no se extiende fuera de la jurisdicción de Estados Unidos.

Teniendo esto en cuenta, si tú o alguien que conoces ha contraído el virus por usar EPI defectuoso, quizá te interese ponerte en contacto con un abogado especializado en daños personales y presentar una demanda, siempre y cuando no se aplique la inmunidad. Los tipos de reclamaciones por responsabilidad por productos defectuosos que puedes presentar pueden estar relacionadas con el fraude al consumidor, la publicidad engañosa o el incumplimiento de la garantía. También podrías presentar una reclamación por negligencia o por no haberte advertido. Las reclamaciones más difíciles de presentar serán probablemente las de responsabilidad objetiva.

Si quieres saber más, no dudes en ponerte en contacto con Rebenack, Aronow & Mascolo, L.L.P. Aunque tenemos oficinas en Nueva Jersey, concretamente en New Brunswick, Somerville y Freehold, durante la pandemia ofrecemos reuniones virtuales. Además, puedes escribirnos un correo electrónico a contact@ram.law o llamarnos a cualquiera de nuestras oficinas. El número de nuestra oficina de New Brunswick es el (732) 247-3600, el de nuestra oficina de Somerville es el (908) 448-2560 y el de nuestra oficina de Freehold es el (732) 828-2234.

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