¿Cuánto tiempo tengo para presentar una demanda después de un accidente?
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Hay plazos dentro de los cuales hay que presentar una demanda por daños personales. Estos plazos se conocen como «plazos de prescripción». (Ten en cuenta que cada tipo de demanda tiene su propio plazo de prescripción, así que el plazo específico para una demanda por daños personales será diferente al de otras demandas.)
En Nueva Jersey, el plazo de prescripción para una demanda por daños personales es de dos años. Esto significa que la demanda debe presentarse en un plazo de dos años a partir de la fecha en que se inicia el plazo de prescripción. Por lo general, el plazo de prescripción de una demanda por daños personales comienza a contar a partir de la fecha del accidente o de la fecha en que se sufrió la lesión. Este plazo de prescripción tiene algunas excepciones.
Excepciones al plazo de prescripción: la regla del descubrimiento
La primera excepción se conoce como la «regla del descubrimiento». Esta norma se aplica, por lo general, a demandas por negligencia médica, daños por sustancias tóxicas u otros casos complejos de lesiones personales. En este tipo de casos, es posible que la víctima lesionada o un familiar no se entere de la conducta u omisión que da lugar a una demanda hasta meses o incluso años después de que haya ocurrido. Por ejemplo, en los casos de responsabilidad civil por daños tóxicos, puede que la persona afectada no note los efectos de la exposición tóxica hasta años después de que haya ocurrido realmente. Del mismo modo, en un caso de negligencia médica, puede que no se descubra un instrumento quirúrgico que se haya dejado por descuido dentro del cuerpo de un paciente hasta que este empiece a tener síntomas, lo cual puede ocurrir años después de la operación. Dado que la víctima lesionada no tendría forma de saber que ha sido víctima de un acto u omisión negligente, ni que ha sufrido una lesión a causa de esa negligencia, hasta que se manifiesten los síntomas visibles, el plazo de dos años puede suspenderse. Esto significa que el plazo de dos años no empieza a contar hasta la fecha en que se descubre la lesión, o en que se debería haber descubierto con una diligencia razonable.
Excepciones al plazo de prescripción: víctimas menores de 18 años
Hay otra excepción al plazo de prescripción de dos años cuando un menor, o una persona menor de 18 años, sufre lesiones. En estos casos, el plazo de prescripción no empieza a correr hasta que el menor lesionado cumpla los 18 años. En ese momento, empieza a correr el plazo de prescripción de dos años. Sin embargo, esto no impide que se presente una demanda antes de que el menor cumpla los 18 años. Un tutor ad litem siempre puede interponer una demanda en su nombre antes de que el menor lesionado cumplalos 18 años.
Excepciones al plazo de prescripción: inimputabilidad penal
La última excepción es cuando se declara que la víctima lesionada está legalmente incapacitada por demencia. Si la víctima de un accidente sufre una incapacidad mental legal, el plazo de prescripción queda suspendido hasta que se declare que esa persona ha recuperado la cordura.
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Sobre RAM Law
RAM Law representa a toda la zona de Central Jersey en casos de lesiones personales y cuenta con un equipo de abogados con amplia experiencia en accidentes y lesiones. Ofrecemos asistencia jurídica a víctimas de accidentes por resbalones y caídas, negligencia médica, lesiones laborales, accidentes de camión y de coche, y otras lesiones personales. Llama al (732) 247-3600 para hablar de tu caso y concertar una consulta gratuita en nuestros despachos de New Brunswick o Somerville.